LA FUNDACIÓN VIVO SANO URGE AL GOBIERNO
A DESARROLLAR LA NUEVA LEY DE TELECOMUNICACIONES
SIGUIENDO LOS CRITERIOS DEL CONSEJO DE EUROPA
- El reglamento vigente, de 2001, establece unos límites a la exposición de los ciudadanos a los campos electromagnéticos que el propio Parlamento Europeo reconoce como obsoletos
- “Es incongruente que la nueva ley desoiga y contradiga los límites recomendados por la Resolución 1815 de la Asamblea del Consejo de Europa, dado que España suscribió dicha resolución”, denuncia Raúl de la Rosa
- Ya están surgiendo distintas iniciativas a nivel autonómico y local respaldando la Resolución 1815, que hasta el momento ha sido suscrita por los parlamentos del País Vasco y de Navarra y por el ayuntamiento de San Sebastián
Madrid, 3 de octubre de 2014.- A punto de cumplirse cinco meses de la entrada en vigor de la nueva Ley General de Telecomunicaciones, el Gobierno aún no ha propuesto un nuevo y actualizado desarrollo normativo que regule su aplicación práctica, ni ha determinado los niveles de emisión radioeléctrica tolerable y que no supongan un peligro para la salud pública, tal y como se ordena en el artículo 61 de dicha ley. En consecuencia, la regulación vigente en la actualidad es un real decreto que data del año 2001 (RD 1066/2001), y cuyos criterios sobre los límites de exposición de los ciudadanos a los campos electromagnéticos han quedado obsoletos, tal y como reconoció el Parlamento Europeo ya en 2008. En vista de esta situación, la Fundación Vivo Sano insta al Gobierno a actualizar en un nuevo reglamento los criterios de protección de la salud de los ciudadanos siguiendo las recomendaciones del Consejo de Europa.
Así consta en sendas cartas que el responsable del Área de Contaminación Electromagnética de la Fundación Vivo Sano, Raúl de la Rosa, ha enviado al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y al ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria. En dichas cartas se recuerda que la Resolución 1815 del Consejo de Europa (2011) recomienda fijar un límite de exposición de 0,6 V/m (0,1 microvatios cm2), para pasar a medio plazo a 0,2, V/m (0,01 microvatios/cm2), mientras que el vigente real decreto de 2001 establece un límite de 41,19 V/m (450 microvatios/cm2) para determinadas radiofrecuencias, como es el caso de las redes de antenas base de telefonía móvil o del wifi. Según De la Rosa, “esto entra en claro conflicto con los criterios del Consejo de Europa. La Resolución 1815 no es de obligado cumplimiento, pero la nueva ley debe estar en concordancia y no contravenirla. Es incongruente que España haya suscrito la Resolución 1815 y que luego la desoiga o la contradiga. El Gobierno no puede, en sus actuaciones, dejar de respetar los principios de coherencia y de protección de la salud”.
La Fundación Vivo Sano ha constatado recientemente el creciente aumento de la preocupación ciudadana por la contaminación electromagnética a raíz de la encuesta de elaboración propia, realizada en junio de este mismo año, según la cual el 90% de los ciudadanos considera que los campos electromagnéticos artificiales perjudican la salud y un 80% afirma no disponer de información suficiente como para protegerse de los efectos nocivos de dichos campos. “Estos datos siguen la línea del Eurobarómetro Especial sobre campos electromagnéticos del año 2010 y nos confirman que existe una preocupación ciudadana sobre la salud que el gobierno no puede dejar de atender”, señala De la Rosa.
Llamamientos nacionales e internacionales
Para este experto, “la preocupación ciudadana sobre la exposición a radiaciones artificiales está bien fundamentada en los numerosos estudios y llamamientos científicos internacionales que alertan de los riesgos sanitarios de dichas radiaciones, especialmente en niños, mujeres embarazadas, ancianos, enfermos y personas electrosensibles, basados en los efectos biológicos adversos en la salud de la población en general, relacionados con leucemia infantil y otros cánceres infantiles, tumores cerebrales, cáncer de mama o alzhéimer”.
La misiva enviada al Gobierno hace referencia específica a la clasificación en 2011, por parte de la Agencia Internacional de Investigación del Cáncer (IARC), dependiente de la OMS, de las radiofrecuencias como posible carcinógeno en humanos, tipo 2B. También se esgrimen el Principio de Precaución, incluido en el artículo 130 R del Tratado de la Unión Europea, que es vinculante para los Estados miembros, y el Principio ALARA (As Low As Reasonably Possible, tan bajo como sea razonablemente posible, según sus siglas en inglés), recomendado por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.
A estas recomendaciones se suman los criterios del Parlamento Europeo, que ya en 2008 señaló, en su Resolución sobre la Revisión Intermedia del Plan de Acción Europeo sobre Medio Ambiente y Salud 2004-2010 (2007/2252 (INI)), que los límites de exposición a los campos electromagnéticos establecidos para el público son obsoletos, no tienen en cuenta la evolución de las tecnologías de la comunicación, y no abordan la cuestión de los grupos vulnerables, como las mujeres embarazadas, los recién nacidos y los niños. El Parlamento Europeo ponía entonces como ejemplo de normativa las legislaciones de Bélgica, Italia o Austria, más restrictivas y orientadas a la salud pública que la española.
Siguiendo esta tendencia creciente a reclamar una mayor protección de la salud de los ciudadanos, en España cada vez se oyen más voces a favor de reclamar el cumplimiento de la Resolución 1815. El Parlamento de Navarra fue, la semana pasada, el último en sumarse a dicha Resolución, siguiendo los pasos del Parlamento Vasco. También el ayuntamiento de San Sebastián ha suscrito la 1815.
Como dato sobre la orientación de la nueva ley de telecomunicaciones, Raúl de la Rosa señala que “la palabra salud sólo aparece 17 veces en todo el texto, de 64.481 palabras. Esto nos da la medida de hasta qué punto el Gobierno desdeña el criterio de salud pública mientras que prioriza los intereses económicos de las compañías de telecomunicaciones. Por eso insistimos en que es urgente desarrollar un reglamento que actualice los actuales criterios, ya obsoletos, y que se haga de acuerdo a la Resolución 1815 del Consejo de Europa”.
Sobre la Fundación Vivo Sano: La Fundación Vivo Sano (www.vivosano.org) es una organización independiente, de iniciativa privada y sin ánimo de lucro, orientada a la salud. Trabaja para crear una sociedad más sana donde las personas se encuentren bien en todos los aspectos de su vida, disfrutando de una buena salud física y emocional, de unas relaciones constructivas, viviendo en un entorno saludable. Para ello, promueve hábitos saludables para el cuerpo, la mente, el medio ambiente y la sociedad; fomenta un nuevo modelo de atención sanitaria basado en la medicina integrativa; y vela para que instituciones y legisladores antepongan la salud de los ciudadanos a cualquier otra consideración. La Fundación Vivo Sano es la creadora e impulsora de campañas de concienciación como www.hogarsintoxicos.org y www.escuelasinwifi.org.